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9:32  |  09 - 05 - 2014
Sistemas informáticos del INE tendrán mejor protección: diputado

El grupo parlamentario de Nueva Alianza en la Cámara de Diputados, estableció que la aprobación del dictamen de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, va a permitir una mejor protección de los sistemas informáticos del Instituto Nacional Electoral y en consecuencia, el Registro Federal de Electores, el Padrón Electoral y la Lista Nominal.

 

Luis Antonio González Roldán, secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales, explicó que es un deber del partido, emitir una ley general donde las competencias de la Federación y las entidades federativas queden perfectamente claras, obligación que se desprende de la Constitución.

 

En entrevista, detalló que tras la reforma del 2007 en la que no fueron tratados los delitos electorales, hoy el dictamen aprobado abrogaría el título vigésimo cuarto del Código Penal Federal, relativo a los delitos electorales en materia de registro nacional de ciudadanos.

 

Recordó que la Comisión de Gobernación está en sesión permanente a la espera del resto de leyes en materia electoral que se discutan y aprueben en la colegisladora.

 

Explicó que “la principal ventaja de esta legislación, desde mi punto de vista, es la protección de los sistemas informáticos del Instituto Nacional Electoral y, en consecuencia, el Registro Federal de Electores, el Padrón Electoral y la Lista Nominal”, así como las derivaciones directas con respecto al uso indebido de los mismos datos.

 

Asimismo, destacó, la reglamentación del Artículo 73 y el 21 de la Constitución, en cuanto a la Federación y entidades federativas, y los ámbitos de competencia y atribuciones, así como la homologación de los ilícitos relativos a los procesos electorales en todas las entidades federativas.

 

Toda vez, agregó, que existía una gran disparidad en el país. “Con esto se logra homologar el sistema penal electoral para darle mayor certeza y claridad a los procesos electorales”.

 

Señaló que aún falta la ley fundamental, la que reglamenta las actividades de la autoridad electoral en los procesos electorales y la de los partidos políticos.

 

“Agregaría una tercera que no está considerada y que es un pendiente del ejercicio del 2007: la ley reglamentaria del Artículo 134, fracción octava, de la Constitución que se refiere a la prohibición que tienen los servidores públicos para intervenir en los procesos electorales.”/gh/m

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