- Los rotativos de circulación nacional no llegan a todos los rincones, el motivo
03-12-2019.- El Pleno cameral aprobó modificar la Ley de Amparo, con el obejtivo de que cuando no se efectúe la notificación a los interesados en los juicios de amparo, se haga por edictos que se publicarán en algún periódico de amplia circulación de la República o en un diario de la entidad donde esté el último domicilio del tercero interesado, y al particular señalado como autoridad responsable. La reforma, que modifica el artículo 27 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política, fue aprobado con 425 votos a favor y cero en contra, y turnada al Senado de la República para sus efectos constitucionales. Destaca la importancia de la figura de edictos, porque en ocasiones resulta costosa la publicación de éstos y prolongan un juicio. Al fundamentar el dictamen, el diputado David Orihuela Nava (Morena), secretario de la Comisión de Justicia, explicó que la publicación de edictos en periódicos de circulación estatal o regional busca garantizar la notificación a un tercero interesado y responsable particular en el juicio de amparo. Resaltó que en múltiples ocasiones los periódicos de mayor circulación nacional, no llegan a todos los rincones del país generando incertidumbre para el quejoso e indefensión para el tercero interesado y responsable en particular. El diputado Rubén Cayetano García (Morena) explicó que el propósito de la reforma es establecer un mecanismo procesal que haga más sencillo y eficiente el acto formal del emplazamiento al tercero y el responsable particular. La reforma facilitará el acceso a la justicia y acabará con la dilación del inicio del juicio de amparo por motivos económicos. --ooOoo-- |