- Sería un grave daño a la libertad, a la independencia, al desarrollo de las actividades de nuestros jóvenes: Rubén Moreira
- Se abre la posibilidad de que el SAT pueda rastrear las actividades de los jóvenes y exigirles que cumplan con sus obligaciones fiscales: Hiram Hernández
- Informa el coordinador parlamentario que la alianza Va por México alista acción de inconstitucionalidad en contra de la revocación de mandato
Palacio Legislativo, 12-10-2021 (Notilegis).- Integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, encabezados por su coordinador, Rubén Moreira Valdez, señalaron que la modificación fiscal que propone la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la Miscelánea Fiscal para 2022, donde pretende que una vez cumplidos los 18 años las personas cuenten con su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), representa un acto de “terrorismo”. En conferencia de prensa, el legislador priista subrayó que es “un tema sensible” que a partir del primero de enero va a afectar a todos aquellos jóvenes que no tengan una vida productiva, que sean estudiantes sin ninguna remuneración económica, pero que estarán bajo la lupa fiscal. “De aprobarse, lo que pareciera que va a suceder porque hay partidos que tienen la mayoría, sería un grave daño a la libertad, a la independencia, al desarrollo de las actividades de nuestros jóvenes”, aseguró Consideró que “fiscalizarlos de esa manera es un acto de terrorismo, además de un acto de burocracia y un acto de sujetar al joven que llega a la Ciudad de México va a sentir sobre sí la lupa del SAT cuando va a pagar sus colegiaturas, sus inscripciones, sus libros, todo. No se está actuando como se dice, con confianza, se está actuando con desconfianza”. El diputado Hiram Hernández Zetina (PRI) explicó que la modificación fiscal plantea adicionar un párrafo al Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación que, según expertos fiscales, abre la posibilidad de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pueda rastrear las actividades de los jóvenes y exigirles que cumplan con sus obligaciones fiscales. Por ejemplo, dijo, los mayores de edad, con 18 años de edad o más, tendrían que explicar de dónde proceden los depósitos superiores a los 15 mil pesos, que reciban en sus cuentas bancarias. Actualmente, detalló, el SAT estipula que, en el caso de los contribuyentes con RFC, las “transferencias que realicen entre sus propias cuentas” pueden ser objeto de fiscalización ya que dichas transferencias pueden ser consideradas como ingreso gravable para las personas físicas que las lleven cabo”, por lo que deben avisar que no se trata de un ingreso y presentar una serie de documentos. Hernández Zetina recordó que actualmente el SAT permite que las personas se inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes, con su Clave Única de Registro de Población (CURP) a partir de los 16 años, siempre y cuando presten un servicio personal subordinado con goce de un salario. Pero, aclaró, es importante señalar que la obligación de formar parte del RFC es que se generen ingresos o que se lleven a cabo actividades económicas y no es un padrón poblacional, ya que para ello existe la CURP. Al respecto, el legislador priista Ildefonso Guajardo Villarreal, señaló que la idea es no convertir el Registro Federal de Contribuyentes, en un registro poblacional de mayoría, y establecer claramente que la obligatoriedad de estar en el SAT, debe ser siempre y cuando eres una persona productiva que genera ingresos. La diputada Blanca Alcalá Ruiz consideró que “es muy delicado” que se busque integrar de manera obligatoria, a la base de contribuyentes, a quienes no están económicamente activos, por eso, adelantó, “estamos en contra de la reforma al artículo 27 del Código Fiscal de la Federación y no aprobaremos una estrategia simulada”. Por otra parte, Moreira Valdez también informó que la alianza Va por México (PAN, PRI y PRD) alista una acción de inconstitucionalidad en contra de la revocación de mandato, ejercicio previsto para el 27 de marzo del 2022. “Acordamos presentar esta acción porque hay particularidades que creo que afectan al interés nacional, por ejemplo, la pregunta. En la Constitución parte del hecho de que estamos hablando de una revocación, no de un refrendo, no de un apoyo, por lo tanto, la pregunta y todo el proceso anterior y ustedes lo verán presentando esta acción que pueda ser mañana o pasado, parte de esa situación”, aseveró. Enfatizó que la disposición constitucional “no es refrendo, no es ratificación, es revocación y ése es el aspecto que, como dirían los abogados, será la litis de esta acción”. * |