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Nota N°. 8151 Propone Wendy Briceño reforma contra la discriminación por orientación sexual, identidad y expresión de género
  • Se trata de una iniciativa para modificar el artículo 1 de la Constitución

 

Palacio Legislativo, 07-12-2020 (Notilegis).- La diputada Wendy Briceño Zuloaga (Morena) presentó una iniciativa de reforma para garantizar en la Constitución el principio de no discriminación en razón de la orientación sexual, identidad y expresión de género.

 

Explicó que las personas con una orientación sexual o identidad de género diferente, frente al modelo de sexualidad social moralmente aceptado o impuesto, constituyen un grupo social vulnerado en sus derechos y son, con frecuencia, víctimas de persecución, discriminación y graves violaciones de los derechos humanos.

 

En un comunicado, la también presidenta de la Comisión de Igualdad de Género comentó que los principios de no discriminación y de derecho a la igualdad ante la ley se derivan de la noción de la dignidad humana, y por tanto son garantes de los derechos de todas las personas, incluidas aquellas con una orientación sexual o una identidad de género distinta a las socialmente admitidas.

 

Expresó que los crímenes de odio por homofobia son las manifestaciones más violentas que padece en su ser una persona o grupo por su orientación sexual o una identidad de género, ya sea por odio o desprecio y que tiene por objeto la privación de la vida.

 

Recordó que, en México, de acuerdo a la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017, 30.1% de la de población no heterosexual, de 18 años y más, declaró haber sido discriminada por su orientación sexual en los últimos 12 meses.

 

“El derecho a la igualdad y no discriminación, es un derecho universal que adquirimos de manera inherente todos los seres humanos desde nuestro nacimiento; tenemos el derecho a ser tratados con respeto, y a vivir una vida digna con igual de oportunidades en todas las áreas de desarrollo”, sostuvo.

 

En ese sentido, Briceño Zuloaga expresó que la propuesta es establecer en el artículo 1º de la Carta Magna la prohibición de “toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, orientación sexual, identidad y expresión de género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

 

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