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Nota N°. 8721 Aprueban diputados reforma a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para promover el consumo regular de pescados y mariscos

 

Palacio Legislativo 12-12-2017 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con el propósito de promover el consumo regular de pescados y mariscos, con la colaboración de los sectores social y privado.

 

El documento surge de una iniciativa que el diputado Jesús Antonio López Rodríguez (PAN) presentó el pasado 28 de abril, reforma los artículos 8, 13, 20 y 24 de esa Ley, fue avalado por unanimidad, con 367 votos a favor, y se turna al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

 

En el dictamen, elaborado por la Comisión de Pesca, se señala que la ingesta regular de pescados y mariscos tiene múltiples beneficios a cualquier edad, puede disminuir el riesgo de ataque cardiaco, derrame cerebral e hipertensión, por ser un alimento rico en proteína, bajo en calorías, grasa total y grasa saturada.

 

También resalta que México es uno de los mayores productores a nivel mundial.

 

Sin embargo, agregó, la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares 2010, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), apuntó que el 38 por ciento de los consultados consume pescado una vez a la semana, 40 por ciento una vez al mes y el resto (22 por ciento) lo hace muy esporádicamente.

 

“Por lo tanto, aún queda un largo camino para que se incremente el consumo de pescados y mariscos” en el país, añadió la comisión dictaminadora.

 

El artículo 8 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables señala las facultades que corresponden a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa).

 

Con esta modificación se incluye en la fracción XXXIII que debe promover, en coordinación con las instancias correspondientes de la administración pública, “y en colaboración con los sectores social y privado, el consumo regular de pescados y mariscos, derivados de la actividad pesquera y acuícola”.

 

En la fracción XI del artículo 13 también se incluye promover el consumo “regular de pescados y mariscos derivados de la actividad pesquera y acuícola”, de una mayor variedad.

 

Asimismo, en la fracción IX del artículo 20 se insiste en la necesidad de establecer mecanismos específicos para el impulso a la producción, comercialización y consumo “regular de pescados y mariscos, derivados de la actividad pesquera y acuícola”, en la población nacional, similar a la reforma en el artículo 24.

 

En el segundo artículo transitorio se establece que el Ejecutivo federal deberá adecuar sus reglamentos, procedimientos internos e implementar las acciones que sean necesarias para la aplicación del presente decreto.

 

MAV/JGM

 
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