Palacio Legislativo, 27-04-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, con el fin de propiciar la igualdad de oportunidades para las mujeres en el uso y aprovechamiento de propiedades en su beneficio. También establece que las autoridades correspondientes garantizarán el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en relación con los derechos reales de propiedad, así como de uso y disfrute de tierras y del derecho fundamental a la no discriminación en materia agraria. La Comisión de Igualdad de Género, que elaboró el dictamen, asegura que esta reforma representa un avance importante en la reivindicación del derecho de las mujeres a la propiedad y tenencia de la tierra y en la participación igualitaria en las actividades económicas del medio rural. El documento surge de una iniciativa que la diputada Martha Lorena Covarrubias Anaya (PRI) presentó el pasado 30 de marzo; adiciona una fracción V al artículo 33 y un artículo 34 Bis a dicha ley, se avaló por unanimidad, con 434 votos a favor, y se turna al Senado para su análisis y eventual ratificación. La comisión señaló la necesidad de promover la igualdad en los derechos de las mujeres en su incorporación a la vida económica nacional y consideró que se debe añadir de manera expresa la situación de las que laboran en actividades agropecuarias como la agricultura y la ganadera, entre otras. Además, estas mujeres rurales realizan labores domésticas que en gran medida no son remuneradas. Se recuerda que en la legislatura pasada se llevó a cabo una reforma a la Ley General para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para incluir acciones tendientes a la promoción y respeto de los derechos de las mujeres rurales e indígenas. Por tal razón, la comisión estima pertinente continuar con la realización de las medidas legislativas para protegerlas. Asegura que esta reforma coadyuvará en su inclusión en la vida económica nacional, reconociendo su potencial productivo tanto en el trabajo agropecuario como en la administración de sus tierras para la producción, además de que no contraviene ni duplica ninguna disposición del orden jurídico vigente. JGM |