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Nota N°. 6405 Amplían diputados sanciones por portación, acopio y tráfico de armas de fuego con hasta 720 días de salario mínimo, además de las penas de cárcel previstas

 

Palacio Legislativo 01-04-2014 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó con cambios una minuta del Senado para ampliar las multas por portación, acopio y tráfico de armas de fuego, con hasta 720 días de salario mínimo, además de las penas de cárcel previstas.

 

Con 362 votos a favor, tres en contra y 26 abstenciones, El Pleno aprobó la minuta que plantea diversas reformas y adiciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, surge de una iniciativa que presentó en 2011 el entonces senador Renán Cleominio Zoreda Novelo (PRI) y se regresa a la cámara alta.

 

Entre las multas más altas que se incorporan figura una de 420 a 620 días, además de cinco a 30 años de prisión, por acopio de armas sin el permiso correspondiente, en el capítulo II, del artículo 83 Bis de esa ley.

 

Por acopio debe entenderse la posesión de más de cinco armas de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.

 

Asimismo, el artículo 84 establece de 180 a 720 días de multa, además de cinco a 30 años de prisión, a quien participe en la introducción al territorio nacional, en forma clandestina, de armas, municiones, cartuchos, explosivos y materiales de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea o sujetos a control de acuerdo con esta Ley.

 

Esta misma sanción se aplicará “al servidor público que estando obligado por sus funciones a impedir esta introducción, no lo haga. Además se le impondrá la destitución del empleo o cargo a inhabilitación para desempeñar cualquier cargo o comisión públicos”, así como a quien adquiera los objetos para fines mercantiles.

 

La Comisión de Defensa Nacional, que elaboró el dictamen de la minuta, señaló que las multas que se contemplan “son en la actualidad pírricas” y esa situación no conduce a frenar conductas previstas en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

 

Especifica que las multas continúan siendo las mismas de cuando fue creado el ordenamiento, haciéndolas obsoletas y con nula eficiencia en su aplicación al momento que vive nuestro país.

 

El dictamen también establece en un segundo transitorio, que las autoridades federales en el ámbito de su competencia, particularmente las Secretarías de Gobernación y de la Defensa Nacional, llevarán a cabo campañas permanentes para registrar las armas de fuego que posean lícitamente los ciudadanos.

 

YRE/JGM

 
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